De acuerdo con el artículo 42 de la ley orgánica de la Defensoría del Contribuyente, es nuestro deber publicar las recomendaciones dictadas desde la Dedecon.
Artículo 42: "Las recomendaciones dictadas por la Defensoría deberán ser publicadas en su página web en forma resumida, incluyendo los hechos esenciales para su adecuado entendimiento y los fundamentos de derecho que la sustentan, además del contenido que determine el Defensor mediante resolución general, previa opinión del Consejo.

